Desde el pasado 1 de julio, comprar o vender fuera de la Unión Europea tiene un coste que antes no existía. Bruselas ha suprimido la exención de minimis que durante años permitió que los envíos de bajo valor entraran en el territorio comunitario sin pagar derechos de aduana. Te contamos qué implica este cambio, a quién afecta y cómo adaptarte si tu empresa todavía no lo ha hecho.
Qué era el «de minimis» y qué ha cambiado
El régimen de minimis era la exención que permitía importar paquetes de bajo valor, hasta 150 €, sin abonar aranceles de aduana (el IVA sí se aplicaba desde 2021). Esta facilidad impulsó con fuerza el comercio electrónico transfronterizo: solo en 2024 entraron en la UE más de 4.600 millones de paquetes acogidos a esta exención, la mayoría procedentes de plataformas asiáticas.
Desde el 1 de julio de 2026, esa exención ha desaparecido, en aplicación del Reglamento (UE) 2026/382 del Consejo, que suprime la franquicia aduanera basada en umbrales. Todos los envíos de mercancías de bajo valor procedentes de terceros países quedan sujetos a un arancel de aduana, con independencia de su importe.
Cuánto se paga ahora
Mientras la Comisión Europea completa la reforma estructural de su sistema aduanero, se aplica un arancel provisional fijo de 3 € por línea de declaración, es decir, por cada categoría de artículo identificada según su clasificación arancelaria dentro de un mismo envío, y no por paquete completo. Cinco unidades idénticas de un mismo producto generan un único cargo de 3 €; un envío con artículos de distintas categorías, por ejemplo, una prenda y un accesorio electrónico, paga 3 € por cada uno. Esta tarifa provisional se mantendrá hasta 2028, cuando debería sustituirse por aranceles estándar aplicados de forma más ágil en toda la Unión.
Más exigencia documental en cada envío
El cambio no se limita al coste. Cada paquete B2C tiene que ir acompañado ya de su propia declaración de aduana individual, con datos como el valor de venta, la clasificación arancelaria, el origen, el identificador del producto y la identidad de comprador y vendedor. Contar con una trazabilidad de datos sólida en cada envío es hoy la mejor garantía para evitar retenciones, recálculos o retrasos en la entrega.
A quién afecta esta reforma
El impacto es especialmente relevante para:
- Empresas de distribución y comercio electrónico que importan mercancía de bajo valor desde fuera de la UE.
- Marketplaces y vendedores online que operan bajo el régimen IOSS o fuera de él.
- Operadores logísticos y transitarios que gestionan el despacho aduanero de estos envíos.
- Departamentos de compras que dependían de pedidos pequeños y frecuentes para abastecerse sin sobrecoste arancelario.
Cómo adaptarse ahora que el cambio ya está en marcha
- Revisa qué proveedores y flujos de compra dependen de importaciones de bajo valor procedentes de terceros países.
- Comprueba que tus sistemas de gestión empresarial generan y validan correctamente identificadores de producto y clasificaciones arancelarias.
- Automatiza la generación de declaraciones aduaneras para reducir retrasos y errores manuales en cada envío.
- Recalcula márgenes y precios de venta teniendo en cuenta el nuevo coste arancelario, aunque sea de solo 3 € por línea.
- Valora si tu ERP y tu software de gestión logística están preparados para trabajar con datos trazables y auditables en cada operación de importación.
Tres semanas después de su entrada en vigor, las empresas que ya habían adaptado sus sistemas de información están gestionando el cambio con normalidad, integrando la nueva exigencia documental en su operativa diaria sin fricciones añadidas. Contar con un ERP bien configurado y procesos digitalizados marca la diferencia entre asumir el cambio como una gestión más y vivirlo como un obstáculo.
¿Tus sistemas están preparados para gestionar la nueva exigencia documental en cada importación? Cuéntanoslo y te ayudamos.